La Dirección General de la Marina Mercante ha confirmado que se permitirá el alquiler de embarcaciones sin titulación siempre y cuando se cumplan una serie de condiciones que aseguren la seguridad de las personas a bordo y del resto de navegantes.
MANTENTE PUNTUALMENTE INFORMADO DE LO QUE HACEMOS Y RECIBE NUESTRO NEWSLETTER.Esta mañana ha tenido lugar el encuentro entre la Asociación Menorquina de Empresas Náuticas (ASMEN) y el Director General de la Marina Mercante, Benito Núñez Quintanilla, para aclarar dos temas de importancia para el sector náutico profesional y que vienen reflejadas en el nuevo Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima aprobado recientemente: la posibilidad de manejar embarcaciones sin titulación y el supuesto de que las embarcaciones de lista 7ª puedan alquilarse por el período de tres meses.
En esta jornada se ha hablado en primer lugar, de las prescripciones que acompañaran al Real Decreto 875/2014 que establece la posibilidad de manejar embarcaciones de determinadas características sin titulación.
La demanda de las empresas de alquiler de embarcaciones para garantizar una mayor seguridad en la navegación ha sido confirmada por el Director General de la Marina Mercante, que ha expuesto a los empresarios náuticos las condiciones de navegación para estas embarcaciones.
El Director General ha confirmado la elaboración de una instrucción de servicio que permitirá que las embarcaciones sin titulación puedan ser alquiladas con mayores garantías de seguridad. Entre ellas destacan la prohibición de navegar si el viento es superior a fuerza 4, el establecimiento de una distancia de navegación en función de la seguridad, condiciones, acceso y distancia a medios de salvamento; la necesidad de contar con embarcaciones de asistencia; velocidad máxima de 7 nudos; y contar con un sistema de localización de las embarcaciones.
Los empresarios náuticos han manifestado su satisfacción ante estas medidas que garantizarán un mejor servicio y una mayor seguridad para la navegación de estas embarcaciones.
Otra cuestión que ha podido aclarar el Director General ha sido el alquiler de embarcaciones de uso particular durante el período de 3 meses, que podrá ser de aplicación a partir de julio de 2024 siempre y cuando exista un desarrollo reglamentario que lo establezca que se ha comprometido a desarrollar con el sector náutico si éste lo demanda. Es importante resaltar que, si finalmente se produce su aplicación, ésta deberá hacerse cumpliendo con todos los requisitos establecidos para una empresa de alquiler de embarcaciones profesional.
Justo Saura, ha manifestado su satisfacción por haber alcanzado un acuerdo con la Dirección General de la Marina Mercante para esta actividad empresarial demandada por los visitantes, aportando garantías de continuidad para este sector y garantizando una mayor seguridad jurídica y en la navegación.