Hace justo 50 años, el 2 de noviembre de 1973, los Estados miembros de la Organización Marítima Internacional (OMI) adoptaron el convenio Marpol, un tratado internacional que tiene como objetivo prevenir la contaminación de los buques.
¡VISITA NUESTRA TV ONLINE Y VIVE EL MAR EN PRIMERA PERSONA, DÓNDE Y CUÁNDO QUIERAS!Estas normas se han convertido en el instrumento internacional más importante sobre la prevención de la contaminación del medio marino por los buques, ya sea por causas operacionales o accidentales.
Durante todo el 2023, la OMI ha conmemorado este aniversario bajo el lema “50 años de Marpol: nuestro compromiso continúa”. En este sentido el secretario general de la OMI, Kitack Lim, ha asegurado que “este 2 de noviembre se cumple un hito histórico. Podemos echar la vista atrás y felicitarnos de las medidas que se tomaron en 1973 para hacer frente a la contaminación por hidrocarburos y productos químicos transportados en buques, pero también para mitigar la contaminación por mercancías en bultos, por aguas sucias y por basuras”.
Y es que, gracias a la firma de este convenio, actualmente los buques deben tomar medidas a bordo para impedir que las aguas sucias, la basura y los desechos operacionales terminen en el mar sin restricciones. Además, la construcción de estas embarcaciones también se debe realizar previniendo y limitando los derrames accidentales de hidrocarburos y productos químicos.
En su labor por continuar ayudando al medio marino Lim ha recalcado que “ahora no es el momento de cruzarse de brazo. El transporte marítimo debe adoptar la descarbonización, la digitalización y la tecnología innovador. El Marpol ha contribuido a cambiar la situación en lo que respecta al transporte marítimo y a la salud de nuestros océanos y lo seguirá haciendo de cara a los próximos 50 años”.
Durante los años el Convenio MARPOL ha ido perfeccionándose en su misión de proteger el medio marino. Esto ha sido posible gracias a la inclusión de seis anexos que norman diferentes tipos de contaminación marina desde los buques.
ANEXO I: Prevención de la contaminación por hidrocarburos (2 de octubre de 1983) que estableció el requerimiento que los tanqueros posean doble casco, creando un espacio protector en el caso de un accidente.
ANEXO II: Prevención de la contaminación por sustancias nocivas líquidas transportadas a granel (2 de octubre de 1983), a través del establecimiento de normas de descarga y limpieza de tanques para el transporte de aceites vegetales y productos químicos.
ANEXO III: Prevención de la contaminación por sustancias perjudiciales transportadas por mar en bultos (1 de julio de 1992) mediante normativas para el embalaje, etiquetado y almacenamiento de estas cargas con el fin de minimizar el daño al medio marino en caso de accidente o emergencia.
ANEXO IV: Prevención de la contaminación por las aguas sucias de los buques (27 de septiembre de 2003) que prohíbe la eliminación de estos residuos en el mar cuando el buque se encuentre a menos de 3 millas náuticas de la costa o dentro de áreas especiales.
ANEXO V: Prevención de la contaminación por las basuras de los buques (31 de diciembre de 1988) a través de la prohibición de su descarga al mar. Por ello, los buques deben contar con un plan de manejo de basura, debiendo almacenarla y disponer de ella en las instalaciones portuarias de recepción.
ANEXO VI: Prevención de la contaminación atmosférica ocasionada por los buques (19 de mayo de 2005). Regulaciones sobre intensidad de carbono que promueven el diseño y operación de buques energéticamente eficientes y el tránsito a combustibles y tecnologías más limpias.